martes, 27 de marzo de 2012

Seguridad y Salud Laboral en Venezuela

Como se pudo observar en los conceptos presentados anteriormente, es necesario crear una relación intrínseca entre el Individuo, la Salud, la Seguridad y el Trabajo, donde se establezca un Ambiente Laboral idóneo para que los trabajadores al realizar sus tareas puedan minimizar los Factores de Riesgos implícitos en las mismas, llevando como estandarte la Prevención se puede establecer una línea de distanciamiento entre la Seguridad y Salud en el Trabajo y los Accidentes Laborales así como las Enfermedades Ocupacionales.
Cabe destacar que para llevar a cabo perfectamente este plan, es necesario del trabajo en equipo de forma armónica entre el (los) empleador (es) y el (los) trabajador (es) donde se implementen y respeten ciertos parámetros en el cumplimiento de normativas y procedimientos que ayudarían disminuir la probabilidad de la ocurrencia de accidentes o enfermedades en el ámbito laboral, a pesar de que estos factores no podrán llegar a riesgo “0”, si se podría limitar la magnitud de los daños a la salud que ocasionaría al (los) trabajador (es), donde incluso puede verse afectado el (los) empleador (es).
Actualmente en Venezuela se han desarrollado e implementado leyes, que junto a las normativas y tratados nacionales e internacionales, han buscado controlar la ocurrencia de los accidentes y enfermedades en el trabajo, así como disminuir la incidencia estadística de los mismos, entre las leyes, normativas y tratados se mencionan los siguientes:
• Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en sus artículos 83, 86 y 87.
• Ley Orgánica del Trabajo (LOT).
• Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
• Ley del Seguro Social.
• Reglamento Parcial de la LOPCYMAT.
• Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo (RCHST).
• Normas Venezolanas COVENIN.
• Convenio 155 sobre Salud y Seguridad en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), suscrito y ratificado por Venezuela en fecha 25/06/1984.
• Normas OSHA de Seguridad y Salud Laboral.
• Normas ISO de Seguridad Industrial.
• Manual de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM).
• Manual de Buenas Prácticas de Fabricación.
Para el cumplimiento de la mencionada normativa el estado venezolano cuenta con estructuras institucionales como las que se mencionan a continuación:
• Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (MINPPTRASS).
• Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
• Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).
  Seguidamente se mostrará información un poco más específica de cómo realizar el trabajo de manera más segura y saludable, de igual forma se mencionaran algunos factores de riesgos presentes en el día a día laboral y la manera adecuada para minimizarlos.
Tengamos presente que Trabajo Seguro y Saludable es sinónimo de mejor disfrute social y mayor  productividad.

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